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Marco Legal

La aprobación del nuevo Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, publicado en Gaceta Oficial Extraordinaria No. 5.292, de fecha lunes 25 de Enero de 1.999, contempla por primera vez en la historia del derecho laboral venezolano, las Empresas de Trabajo Temporal (ETT), consolidándose un avance importante, ya que se formaliza una figura huérfana de tratamiento de jurídico.

FUNCION U OBJETO DE LAS EMPRESASDE TRABAJO TEMPORAL

Las empresas de trabajo temporal tienen por objeto poner a disposición del beneficiario, con carácter temporal, trabajadores por ella contratados.

REQUISITOS PARA EL FUNCIONAMIENTODE LAS EMPRESAS DE TRABAJO TEMPORAL

  • Aprobación del Ministerio del Trabajo.
  • Dedicarse exclusivamente al suministro de personal temporal contratado por la ETT.
  • Disponer de estructura organizativa y capacidad financiera que le permita cumplir con sus obligaciones patronales.
  • Otorgar fianza o constituir depósito bancario a satisfacción del Ministerio del Trabajo.
  • Parágrafo Único: Las empresas de trabajo temporal, en tanto observe el régimen que le impone el Reglamento de La ley Orgánica del Trabajo, NO se considerarán como intermediarios en los términos del artículo 54 de la L.O.T.

Articulo 54 L.O.T: Se entiende por beneficiario la persona que en nombre propio y en beneficio de otra utilice los servicios de uno o más trabajadores. El intermediario será responsable de las obligaciones que a favor de esos trabajadores se deriven de la Ley y de los contratos; y el beneficiario responderá además SOLIDARIAMENTE con el intermediario.

Los trabajadores contratados por intermediarios recibirán los mismos beneficios y condiciones de trabajo que correspondan a los trabajadores contratados directamente por el patrono beneficiario.

SUPUESTOS DE PROCEDENCIA

a) La realización de una obra o prestación de un servicio cuya ejecución, aunque limitada en tiempo, fuese en principio de duración incierta.

b) Atender las exigencias circunstanciales del mercado, acumulación de tareas o excesos de pedido, por un período que no exceda de tres (3) meses.

c) Sustituir a trabajadores en suspensión de su relación de trabajo.

CONTRATO DE PROVISION

Se denomina contrato de provisión de trabajadores, aquel celebrado entre la empresa de trabajo temporal y la empresa beneficiaria, teniendo por objeto la cesión del trabajador para prestar servicios en beneficio y bajo el control de la última.

EXTINCIÓN DE LA RELACION LABORAL

La terminación del contrato de provisión causará la extinción de la relación de trabajo que vincula a la empresa de empleo temporal con los respectivos trabajadores.


Un servicio de
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